El Gobierno de España aprueba un decreto para reducir la contaminación por nitratos y proteger las masas de agua más vulnerables
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), aprobó una actualización del real decreto sobre contaminación producida por nitratos, una norma clave para reducir los problemas de este tipo de contaminación en las masas de agua y alcanzar los objetivos ambientales señalados por la legislación nacional, fijados a través de los planes de cuenca, y la Unión Europea. Esta nueva norma modifica y renueva la transposición a la legislación española de la Directiva europea relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrícolas, que fue aprobada inicialmente hace ya más de 25 años. La citada directiva impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas afectadas por este tipo de contaminación, vigilando la concentración de nitratos a través de estaciones de muestreo. También establece criterios para designar como zonas vulnerables las superficies cuyo drenaje dé lugar a la contaminación por nitratos y para poner en funcionamiento programas de actuación coordinados con las actividades agrarias.
Estas líneas de acción van encaminadas a reducir la contaminación por exceso de nutrientes provenientes de la práctica agrícola en un 50%, lo que supondrá una reducción del 20% en el uso de fertilizantes.
Así mismo la nueva norma trata de incrementar hasta en un 50% la superficie de las zonas protegidas que se hayan identificado como vulnerables a este tipo de contaminantes y sobre ellas se desarrollarán programas de actuación más exigentes, incluyendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica.
La normativa también incrementa el número de estaciones de control y el número y la frecuencia de los muestreos en las aguas con el fin de monitorizar el contenido en nitrógeno y otros contaminantes.
También se refuerzan las medidas y acciones encaminadas a revertir la contaminación ya existente asumiendo el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores y así adecuar sus planes de fertilización.
Este real decreto permite que los planes hidrológicos de cuenca puedan establecer dentro de su parte normativa los umbrales máximos de excedentes de nitrógeno para cada masa de agua afectada por nitratos, cuando se considere necesario para alcanzar los objetivos ambientales. Además, los organismos de cuenca y las administraciones hidráulicas podrán establecer limitaciones a las nuevas concesiones y a otras actividades sujetas a su autorización, para evitar una concentración de presiones que puedan impactar significativamente sobre las aguas, lo que se valorará con las previsiones del plan hidrológico correspondiente.
Además de elaborar y velar por el cumplimiento de los programas de actuación en las zonas declaradas como vulnerables, las comunidades autónomas también elaborarán códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente en las zonas vulnerables, con el fin de reducir la contaminación producida por los nitratos de origen agrario. Entre otras cuestiones, estos códigos deberán recoger los períodos en que no es conveniente aplicar fertilizantes a las tierras, las condiciones de su aplicación en tierras cercanas a cursos de agua y los requisitos necesarios que aseguren que los estiércoles, purines y abonos en general no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.
Asimismo, las comunidades autónomas deberán establecer programas de fomento de la puesta en práctica de los códigos de buenas prácticas agrarias, que incluirán la formación e información a los agricultores.
Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
https://www.boe.es/boe/dias/2022/01/20/pdfs/BOE-A-2022-860.pdf